FAE. Comunicado 12/2022. Apelaciones y penalidades.

Comunicado de Prensa Nº 12/2022

PROXIMAS COMPETENCIAS 30-10-22: Campeonato Entrerriano de Rally en La Paz 06-11-22: Campeonato Entrerriano de Kárting en el kartódromo de Gualeguay

Avanzan las gestiones con el fin de realizar una nueva inspección en los trabajos de pavimentación del autódromo de Gualeguay llegando a conocimiento de esta institución, por parte del Secretario de Obras Públicas del municipio, señor Antola que prácticamente han culminado la colocación de cinta asfáltica en todo el perimetral y se está trabajando en la ampliación de calle de boxes estando dispuesto para el mes de enero próximo la construcción de obras complementarias, sanitarios y torre de control, lo cual nos permite estimar que se contará con este escenario en la confección del Calendario 2023, compromiso asumido por la Federación cuando se inició este proyecto. Los mantendremos informados una vez que la delegación designada por esta Federación visite el autódromo, en principio que se concrete tal visita la próxima semana donde se contará con la presencia del representante de la empresa constructora, señor José Luis Pitón.

En igual sentido, debemos informar que seguimos en contacto con el señor Juan Antonio Geminiani quien nos mantiene informados sobre el avance de las obras de pavimientación del kártódromo de La Paz, que se estima se concreten a fin de año y la construcción casi total de la torre de fiscalización de dicho escenario.

Asimismo, se nos ha informado por parte del responsable del Kartódromo “La Morena”, la decisión de comenzar con la pavimentación de la ampliación del escenario como estaba previsto en el proyecto original.

COMITÉ DE APELACIONES Y PENALIDADES

Luego del trámite correspondiente en cuanto a los requisitos formales requeridos: escritos de apelaciones, depósitos en dinero efectivo establecido, se dio trámite a las siguientes apelaciones técnicas y deportivas.

1.- Respecto a la Apelación técnica del piloto de Competición Especial Clase 1, Fernando Elola en cuanto a la interpretación de los elementos que hacen al peso de placa y volante y si en el mismo estaba incluído el disco. A tal fin, se designó como técnico para este caso al señor Abel Giorgio. Citadas las partes interesadas en el lugar, día y hora previstos, se procedió al peso de las dos cuestiones en análisis. Luego de realizar el mismo, habiéndose dejado resuelto que el peso de los elementos no incluía el disco, conforme al Reglamento Técnico vigente, se RATIFICÒ la desclasificación por técnica en la competencia disputada el 9-10-22 en el autódromo de C. del Uruguay. Se labraron las actas correspondientes con confirmad en el mismo acto del piloto apelante, quien retira los elementos retenidos.

2.- Igual procedimiento se llevó a cabo en la ciudad de Paraná con la presencia de los pilotos apelantes de SP1000 NG, Martín Aldás y Rafael Naibert, directivos de la categoría y el técnico designado, Abel Giorgio y el miembro de C.D. de FAE, señor Romildo Trossero. Se analizaron los elementos cuestionados debidamente precintados sendas directas de caja de cambio de los autos pertenecientes a los pilotos apelantes, la perteneciente a la Comisión Técnica de la categoría como patrón original.

El técnico actuante presenta a la Federación el respectivo informe adjuntando fotografías de los elementos comparados en el cual si bien reconoce leve diferencia en la construcción, deja aclarado que hay coincidencia plena, dimensional, en las formas, medidas, número de estrías y se aprecian agujeros para el manguito de la directa compatibles y aptos para su uso en la caja original aclarando que ninguno de los elementos cuenta con marca de su fabricante, todo lo cual lleva a que los integrantes de la Comisión de Apelaciones en forma coincidente concluyen que conforme está redactado el Reglamento Técnico en ese ítem, cumple con el requerimiento que debe ser “similar” al original, haciendo lugar a la apelación de dichos pilotos los que deberán ser RECLASIFICADOS conforme al orden de llegada de la carrera disputada el 16 del corriente en el autódromo de Paraná. Se autoriza a la Comisión Directiva de la categoría SP1000 NG a redactar un Anexo, en el cual se agregue a la condición de “similar”, “de comercialización libre como reposición del elemento original”, con vigencia a partir de la próxima competencia a disputarse, autorizándose la entrega de los elementos retenidos.

3.- Sobre la Apelación por exclusión del piloto Tomás Granzella –por parte del Comisario Deportivo titular, señor Daniel Pinget- por haber salido a pista con boxes cerrado previo a la largada de la prueba Final disputada el día 08-10-22 de la categoría Fórmula 3 Entrerriana en el autódromo de C. del Uruguay, luego de haberse evaluado la resolución del Comisario Deportivo cuyo motivo los identifica en los puntos 1 y 2, la nota de apelación con el fin de reveer la sanción de exclusión, por parte del piloto Granzella, las secuencias de imágenes captadas por cámaras de los autos tanto del piloto apelante, como los pilotos de los autos Nº 81 y Nº 88, segundo y tercero en la grilla de la prueba Final, se solicitó dentro del trámite informe del Comisario Deportivo actuante en lo que hace a los fundamentos de exclusión, la opinión oficial en forma individual de los integrantes de la Comisión de Apelaciones, señores Romildo Trossero, Fabián Maín, Roberto Rougier, Gastón Fornasari y Edgardo Stettler.

De la evaluación de dichas opiniones por diferentes análisis en su razonamiento en parte no coincidentes, pero sí en un punto en común de cuatro de sus integrantes respecto a que sin que esté en discusión que los boxes se encontraban cerrados cuando el piloto abandona el sector de boxes hacia la grilla de partida, con la operatoria de largada iniciada con el cartel de 5 minutos, entienden que al ser autorizado el piloto en cuestión a integrar la grilla de partida desde la última fila, no quedan dudas que estaba habilitado y cumpliendo una penalización respecto del puesto de largada que le correspondía por clasificación.

En cuanto a uno de los argumentos de que pudiera ser responsable de haber interrumpido el trámite normal de la carrera, se interpretó por mayoría que el haber conformado la grilla la totalidad de los autos con la excepción del piloto Granzella superando ampliamente el horario original –incluídos los 15 minutos solicitados- y la demora comprobada de la operatoria de cartelería antes de la largada es de responsabilidad absoluta de los oficiales deportivos asignados a tal fin, esto sumado a que en todo el desarrollo de la Final no hubo señalización alguna de irregularidad, al piloto apelante ni se decidió dejar alguna maniobra bajo análisis, lleva a la resolución por mayoría de sus miembros de HACER LUGAR a la Apelación del piloto Tomás Granzella quien deberá ser reclasificado conforme al puesto obtenido en la carrera en cuestión.

Se autoriza por secretaría las correspondientes notificaciones.

Gualeguaychú, 28 de octubre de 2022

Comisión Directiva FAE

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